En una reunión para fijar las condiciones de su matrimonio, el Sr. Quijas y la Srta. Bello discuten y añaden cláusulas restrictivas: prohibición de contacto físico tras la boda, anillo de bodas vetado, ausencia de ceremonia pública y cero menciones en plataformas. Él también le niega acceso a su casa y advierte que no puede soñar con él ni buscar su dinero; finalmente impone la cláusula decisiva: "no puedes sentir nada por mí". Ella acepta recibir el contrato en su domicilio. La firma y las consecuencias legales y personales del acuerdo quedan abiertas.